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Opinión Académica

Tesis y Másters Colombia

Expediente sobre CONSULTORIA INTEGRAL COL S.A.S. (NIT 901444164-3): identidad, contrato, reputación y red multi-país. Cierre de investigación: 1 de noviembre de 2026.

1. El hallazgo

La empresa que vende asesoría de tesis en Colombia hace firmar a sus clientes un contrato que, en la cláusula donde debería citar la ley colombiana, cita cinco leyes españolas. En el apartado de protección de datos, la autoridad de control aparece como «Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)Personales»: el resultado de sustituir el nombre de la agencia española por el de la colombiana sin borrar la palabra que quedó pegada al paréntesis.

El documento vigente tiene fecha de 17 de noviembre de 2022. El que estaba publicado un año antes, en la captura de diciembre de 2021, llevaba fecha de 17 de octubre de 2018, citaba la Ley 34/2002 española, la Agencia Española de Protección de Datos y el «derecho español», y atribuía las ventas «efectuadas en España» a «Spandete S.A., con CUIT: 30-71665147-5», un número fiscal argentino. Fechado dos años antes de que la sociedad colombiana existiera.

La sociedad que firma es CONSULTORIA INTEGRAL COL S.A.S., NIT 901444164-3, matriculada en la Cámara de Comercio de Cali el 8 de enero de 2021. Su representante legal es Martín Bazzano Romero, identificado con pasaporte. El dominio que opera ya estaba en línea cuatro meses antes de que la sociedad se matriculara.

Las dos cláusulas centrales del contrato —la penalidad de 1.500 dólares por contactar al tutor y la que dice que «en ningún caso» se devuelve el dinero— son idénticas, palabra por palabra, en los avisos legales de México, Argentina, Chile y Colombia.

2. Ficha

Campo Dato Fuente
Marca Tesis y Másters Colombia Sitio
Persona jurídica CONSULTORIA INTEGRAL COL S.A.S. Aviso legal
NIT 901444164-3 Aviso legal; RUES
Matrícula mercantil 1104562, Cámara de Comercio de Cali RUES
Fecha de matrícula 8 de enero de 2021 RUES
Estado Activa; renovada el 31 de marzo de 2026 RUES
CIIU principal 8560, «Actividades de apoyo a la educación» RUES
Representante legal Martín Bazzano Romero (pasaporte PAK459345) RUES
Domicilio Calle 53 n.º 1-91, Cali (no publicado por la empresa) Directorio comercial
Contacto col@tesisymasters.com; WhatsApp +57 302 256 9263 Aviso legal; sitio
Dominio tesisymasters.com.co; primera captura 7/08/2020 Wayback
Filiales México, Argentina, Chile, España, Perú hreflang y avisos legales
Precio declarado «100 a 300 USD» Asesorías

3. Método y límites

Qué se hizo. Se leyeron completos el aviso legal, las condiciones de venta, la política de privacidad, las preguntas frecuentes y las páginas de servicio, precios y pago de tesisymasters.com.co, el 1 de noviembre de 2026. Se compararon con los avisos legales de México, Argentina, Chile y España. Se recuperó la versión de 2021 del aviso legal desde Wayback. Se consultó el registro mercantil en la extracción del RUES que publica Confecámaras en datos.gov.co, y el BORME para la red societaria española. Se revisaron Google, Trustpilot, OCU, tuQuejaSuma, dos agregadores de reseñas y un foro de consumidores. Se buscó prensa colombiana y registros de la SIC. El método de verificación que se aplica a cada empresa se explica en Cómo Verificar la Legitimidad de Servicios Académicos.

Clases de prueba. Verificado: documento o registro primario consultado directamente. Observado: comprobado en el sitio o la plataforma en la fecha de corte. Declarado: lo afirma la empresa. Testimoniado: lo afirma un usuario. Inferido: razonamiento de este expediente, señalado como tal. La duda no se reparte por el texto: vive en esta sección.

Límites.

  • Google Business Profile. La ficha dio 4,2 con 183 reseñas en una «vista limitada». El total es reproducible (3 reseñas visibles más «Más reseñas (180)»), pero la distribución por estrellas no se muestra y no se estima aquí.
  • Filtros de palabra clave de Google. Se leyeron en una pasada y no se reprodujeron en la segunda. Se consignan como indicio, no como conteo.
  • Trustpilot. El perfil de la filial española fue eliminado por la plataforma; el colombiano no existe. No hay cifra que leer.
  • tuQuejaSuma. La página 2 devolvió un bloqueo de Cloudflare. El recuento de 25 reclamos es un piso, no un total.
  • SIC. No se localizaron sanciones ni expedientes. No se certifica su ausencia: el sistema de actuaciones no es consultable desde fuera.
  • DIAN. El RUT exige captcha; el régimen de IVA no se confirmó.
  • Cámara de Comercio de Cali. El certificado es de pago: no se verificaron capital, socios constituyentes ni objeto social estatutario.
  • Periodo 2020. El dominio operaba en septiembre de 2020, antes de la sociedad. Quién vendía entonces no está acreditado.
  • Atribución. La marca es multiempresa. Las quejas con más carga (Trustpilot, tuQuejaSuma, OCU, DenuncioEstafa) hablan de España, México o Argentina y no identifican a la sociedad colombiana. Cada una se atribuye en el texto a su filial.

4. El contrato

4.1 La ley que no es

El aviso legal vigente abre con esta línea:

«(Ley 527/1999, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico)»

Ninguno de los tres datos es correcto. La Ley 527 de 1999 es colombiana, pero se promulgó el 18 de agosto de 1999, no el 11 de julio, y su objeto son los mensajes de datos, el comercio electrónico y la firma digital, no los «servicios de la sociedad de la información». El título y la fecha son los de la Ley 34/2002 española, la LSSI.

La captura de diciembre de 2021 muestra el original: ese encabezado decía «Ley 34/2002, de 11 de julio» sin ningún disfraz. Al adaptar el documento para Colombia se cambió el número de la ley y se dejaron intactos la fecha y el título. El resultado es un híbrido que no existe en ningún ordenamiento: una ley colombiana con fecha y nombre españoles.

4.2 Las cinco leyes españolas

La cláusula TERCERO enumera las normas que legitiman el tratamiento de datos:

«A título enunciativo y no limitativo: Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley General Tributaria, Ley de Impuestos de Sociedades, Ley de Auditoría de Cuentas, Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, Código Civil, Código de Comercio.»

Las cinco primeras son españolas. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios es el texto refundido de 2007; la Ley General Tributaria es la 58/2003; la Ley de Impuestos de Sociedades es la 27/2014; la Ley de Auditoría de Cuentas es la 22/2015; la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido es la 37/1992. Ninguna rige en Colombia. La norma colombiana de consumo es la Ley 1480 de 2011, y la de datos personales, la Ley 1581 de 2012.

El mismo documento invoca «la Ley de Colombia por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual». La fórmula «texto refundido» es española: Colombia no refunde su Ley 23 de 1982 en un texto único. En la versión de 2021 la cita era todavía más explícita: «los artículos 8 y 32.1, párrafo segundo, del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril». Un real decreto español, en un contrato colombiano.

Y entre las causas de extinción aparece el «concurso de acreedores», figura del derecho concursal español. En Colombia la equivalente es la insolvencia económica.

4.3 La cicatriz del reemplazo

El fragmento más elocuente del documento es de tres palabras:

«puede solicitar la tutela de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)Personales a través de su página web.»

Los avisos legales de Argentina y Chile dicen, en ese mismo lugar, «Dirección Nacional de Protección de Datos Personales». En 2021, el de Colombia decía «Agencia Española de Protección de Datos». Al adaptarlo se sustituyó el nombre de la autoridad y no se borró el final de la frase anterior: quedó «(SIC)» pegado a «Personales».

Es la prueba material del método: un reemplazo de nombres sobre una plantilla, sin revisión posterior. Lo mismo ocurre con la fecha del encabezado, con el título de la ley y con el nombre del sitio.

4.4 El documento de 2018 que se firmó hasta 2021

La captura del 1 de diciembre de 2021 conserva el aviso legal completo. Estos son sus datos, literales:

  • «Fecha de última actualización: 17/10/2018».
  • «La ley aplicable a las presentes condiciones será la Ley Española».
  • «(Considerando número 10 RGPD)».
  • «puede solicitar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos».
  • «las ventas de productos efectuadas en España, incluido las Islas Canarias y las Islas Baleares por Spandete S.A., con CUIT: 30-71665147-5».
  • «Los precios publicados en TESISYMASTERS..com.co son en Euros».
  • «sistema de pago seguro a través de la plataforma electrónica REDSYS».

Un documento fechado en 2018, que habla de ventas en España, en euros, con pago por la pasarela española y a nombre de una sociedad argentina, estuvo publicado en el sitio colombiano al menos hasta diciembre de 2021. La sociedad colombiana se matriculó en enero de 2021.

El nombre que aparecía como vendedor, «Spandete S.A.», no es la sociedad colombiana ni la española. Su CUIT, 30-71665147-5, es argentino. Es el rastro de un documento heredado de otra empresa y otro país, que se fue reemplazando por partes: primero el nombre del titular, después la ley, después la autoridad. La fecha de 2018 nunca se cambió.

4.5 El sitio que se llama «nuevo»

El contrato designa como titular del sitio a «www.new.tesisymasters.com.co». El subdominio existe y resuelve en la misma dirección IP que el sitio de producción (2.25.168.172), pero no es la dirección que la empresa anuncia. La página de devoluciones repite la fórmula once veces: las ventas se hacen «en new.tesisymasters.com.co».

Es el nombre de la maqueta que nunca se renombró. Un cliente que quisiera leer el contrato que firma tendría que adivinar que «new.» es el sitio real.

4.6 La cláusula de 1.500

Texto literal, Colombia, 2022:

«El CLIENTE se obliga a no realizar y a rechazar y denunciar ante LA EMPRESA cualquier contacto relacionado con los tutores de la plataforma, contribuyendo así al buen funcionamiento y preservación del modelo de servicio. El incumplimiento de esta obligación conllevará el pago de 1.500 USD a LA EMPRESA y la exclusión permanente del CLIENTE en la plataforma.»

La misma cláusula, con las mismas palabras, aparece en los avisos legales de México, Argentina y Chile. Cuatro países, cuatro monedas locales, una sola cifra en dólares.

Hay un detalle que la captura de 2021 revela: entonces la cifra era 1.500 €. Al actualizar el documento se cambió el símbolo de euro por el de dólar y se dejó el número. No hay conversión, no hay justificación: la misma sanción, ahora en otra moneda.

El problema no es solo la plantilla. Es qué prohíbe. La cláusula impide al cliente hablar con la persona que redacta su tesis y lo obliga a denunciar cualquier contacto ante la empresa. La sanción es económica y la expulsión es definitiva. En un servicio que se vende como acompañamiento personalizado, la cláusula protege el anonimato de la plantilla de redactores, no la relación con el cliente.

4.7 La cláusula de no devolución

«En el caso de extinción del contrato instada por el CLIENTE, no afectará a las compras realizadas por el CLIENTE que se hallen al corriente de pago hasta ese momento, por lo que en ningún caso LA EMPRESA devolverá el importe de la compra realizada y entregará al CLIENTE los textos que ha solicitado y en los tiempos marcados.»

Idéntica en los cuatro países. Y contradictoria con la propia página de devoluciones, que en el mismo sitio y con la misma fecha promete lo contrario:

«El cliente, asimismo, tiene derecho a solicitar la devolución de las cantidades abonadas si la empresa no cumple con el servicio formativo en el plazo final estipulado.»

Dos documentos de la misma empresa, publicados el 17 de noviembre de 2022, dicen una cosa y la contraria sobre el dinero.

4.8 El domicilio que no está

Los datos identificativos del aviso legal son tres: razón social, NIT y correo. No hay dirección. En 2021 sí había un teléfono, +57 1 381 9041, con prefijo de Bogotá, en un documento que hablaba de ventas en España. Hoy tampoco hay teléfono. La política de privacidad no publica ninguno de los dos.

La cláusula SEXTO, en cambio, somete cualquier discrepancia «a los tribunales del domicilio de LA EMPRESA». Y el domicilio no está en el documento. Un consumidor que quisiera demandar tendría que averiguar por su cuenta dónde está la sede para saber ante qué juez presentar la demanda.

La dirección existe: Calle 53 n.º 1-91, Cali, según los directorios comerciales. La empresa simplemente no la publica.

5. La operación

El recorrido del cliente es corto y ocurre casi entero fuera del sitio.

Se entra por un formulario que pide nombre, correo, teléfono y carrera. Un asesor responde por WhatsApp y arma el presupuesto. El pago se hace por transferencia a una cuenta Davivienda a nombre de «Consultoría Integral Col S.A.S», por un enlace de pago, o en una tienda propia. El trabajo se entrega por correo, en etapas, y cada etapa se paga antes de la siguiente.

El modelo tiene tres rasgos verificables.

El precio no está publicado. No hay tarifas. La página de asesorías da un «precio orientativo: 100 a 300 USD» para un servicio que se cobra en pesos colombianos. Las condiciones de venta hablan de precios en pesos, y el contrato dice que no incluyen IVA. La página de devoluciones dice que sí lo incluyen. La única cifra pública es un rango en dólares, la misma moneda en la que se fija la penalidad.

El primer contacto es un formulario, y el segundo, una llamada. La empresa promete que «en unos segundos te llama un asesor». El horario declarado es de lunes a viernes de 8:00 a 17:30 y sábados de 7:00 a 11:00. El mismo sitio anuncia en el pie «Disponible 24 hs.» y en el chat «Recibimos tu consulta 24 horas».

La confidencialidad se vende como ventaja y se usa como barrera. Las preguntas frecuentes explican que no se dan los datos del profesional, que no se puede ir a una oficina y que no se aceptan pagos presenciales «por políticas de privacidad». Un servicio sin dirección, sin oficina visitable y sin nombre del profesional reduce a cero la capacidad del cliente de verificar con quién contrata. La entrevista promocional del grupo lo confirma como modelo, no como excepción: «no hay videollamadas ni intercambio de identidades para resguardar la confidencialidad de ambas partes».

6. La reputación

6.1 Google: 4,2 con 183 reseñas

La ficha colombiana muestra 4,2 sobre 5 con 183 reseñas, sin dirección postal y con horario «abierto las 24 horas». El total es reproducible —tres reseñas visibles más «Más reseñas (180)»— pero la distribución por estrellas no se muestra en la vista limitada.

En una de las lecturas de la ficha aparecieron los filtros por palabra clave que Google extrae del texto: «dinero» en 21 reseñas, «proyecto» en 11, «estafa» en 10 y «devolución» en 7. La segunda pasada no los reprodujo, así que se consignan como indicio, no como conteo. Si la cifra fuera exacta, «estafa» aparecería en el 5,5 % de las reseñas (10/183). El filtro cuenta la palabra y no el sentido: una reseña que diga «no es una estafa» también suma.

Las tres reseñas que la vista permite leer son positivas y elogian a un asesor por su nombre, Mauricio. Las tres tienen respuesta del propietario, con la misma estructura: saludo, agradecimiento, elogio del asesor y buenos deseos.

6.2 El 4,9 que no existe en ninguna plataforma

La página de asesorías publica:

«El 98% de nuestros clientes califica la experiencia como excelente. — Opiniones de nuestros estudiantes — 4.9 — Clientes verificados — Basado en 207 reseñas verificadas»

No hay plataforma que sostenga ese 4,9 con 207. Google, la única fuente independiente con volumen, marca 4,2 con 183. Trustpilot no tiene perfil del dominio colombiano. El sitio no dice de dónde salen las 207 ni qué las verifica.

6.3 Trustpilot: el perfil eliminado

La ficha de la filial española ya no existe. Trustpilot responde:

«Se ha eliminado este perfil — La empresa que estás buscando incumple nuestras directrices y ya no aparece en Trustpilot.»

La plataforma no publica el motivo ni la fecha. El perfil del dominio colombiano nunca existió: devuelve «404».

6.4 OCU: una reclamación con respuesta empresarial

En la lista pública de reclamaciones de la OCU consta una de 30 de enero de 2026 contra «tesis y masters. com» por un trabajo de fin de máster de 845 euros. La empresa contestó por escrito, y esa contestación es el documento más revelador del expediente:

«no estamos sujetos a la devolución del trabajo ya enviado, en tanto a que lo contratado es un contenido personalizado y redactado a medida sujeto únicamente a correcciones»

Y esta frase, en el mismo escrito:

«Índice de similitud (plagio): 18 %, porcentaje que se encuentra dentro del rango garantizado (20 % – 25 %)»

La empresa declara por escrito un margen de similitud garantizado de hasta el 25 %. Es decir, admite como normal que una cuarta parte del texto entregado coincida con otro. La reclamante sostiene que sus propias herramientas detectaron «hasta un 99 % de plagio e IA».

Este caso es español y no se atribuye a la sociedad colombiana. Se cita porque la respuesta la firma «Coordinación Dpto. Incidencias Tesis y Másters» y porque el razonamiento —servicio personalizado, sin devolución, solo correcciones— es el mismo que sostiene el contrato colombiano.

6.5 Los agregadores: el tono cambió con los años

En opinionestfmtfg.es hay 17 valoraciones de la marca. El reparto por año es el hallazgo:

Periodo Positivas Negativas
2022 3 0
2023 2 0
2024 1 6
2025 2 3

Cinco de cinco positivas en 2022-2023. Tres de doce en 2024-2025. Las negativas de 2024 empiezan a hablar de IA: «Cuando lees lo que te envían te das cuenta que es un chatgpt que ni se molestan a leer».

En Shopping Satisfaction figuran 8 opiniones con media 2,3 y «100 %» de una estrella. Las dos cifras son incompatibles: si el 100 % fuera de una estrella, la media sería 1,0. El agregador no cuadra y se usa solo como indicio de tono, no como dato.

En tuQuejaSuma el perfil de la marca declara «24 solucionados», «52 %» y «Empresa NO verificada», con cuatro páginas de reclamos. El recuento propio, incompleto, es de 25. Ninguno identifica a la sociedad colombiana: los hay en euros y con referencias a México y Argentina.

6.6 Prensa: ninguna en Colombia

No se localizó cobertura colombiana sobre la empresa. Las dos piezas que nombran la marca son argentinas y mexicanas, y ninguna es un reportaje.

La de InfoNegocios (Córdoba, 5 de diciembre de 2025) se titula «No redactes tu tesis con IA: mejor es que un profesional lo haga por vos» y no tiene contraparte, ni voz crítica, ni declaración de contenido patrocinado. Aporta datos estructurales: la «casa central operativa» está en Córdoba para la región, con unas 120 personas de equipo interno y una red externa de más de 1.000 profesionales; las oficinas están en Argentina, Chile, Colombia, México y España; y el control de plagio «tiene como objetivo mantenerlo por debajo del 20 %».

Esa última frase contradice la respuesta oficial a la OCU, que habla de un rango garantizado de hasta el 25 %. Dos documentos de la misma empresa, dos umbrales distintos.

7. Los patrones de queja

Reembolso negado o sin respuesta. Es el patrón más repetido. La empresa lo resuelve por contrato: no hay devolución. La página de devoluciones abre una puerta de 48 horas para cancelar y el contrato la cierra con un «en ningún caso». El cliente que reclama recibe una respuesta que lo remite a la cláusula.

Calidad e indicios de generación automática. Las quejas de 2024 en adelante mencionan el texto como salida de un modelo: «es un chatgpt que ni se molestan a leer», «parecía hecho por alguien sin formación académica». No hay peritaje: es testimonio, y se registra como tal.

Plazos. El contrato fija siete días para manifestar no conformidad; la página de devoluciones, catorce; el mismo documento, en otro apartado, quince; y la cancelación, cuarenta y ocho horas. Cuatro plazos distintos para el mismo derecho.

Plagio. La única cifra disponible no viene de un cliente sino de la empresa: su «rango garantizado (20 % – 25 %)» de similitud. Es una admisión, no una acusación.

Presión de pago. La página de devoluciones fija un recargo del 10 % por pagar tarde y suspende el servicio hasta el abono. El pago por etapas es, a la vez, una facilidad comercial y una palanca de cobro.

8. La respuesta de la empresa

En Google, el propietario responde a las reseñas visibles con una plantilla: saludo con el nombre, agradecimiento, elogio del asesor y buenos deseos. Las tres reseñas que la vista limitada permite leer tienen respuesta, en español y en inglés, con la misma estructura.

En la reclamación de la OCU, la empresa contestó en menos de un día y con un escrito técnico. El argumento tiene tres piezas: el servicio es personalizado; por tanto, no hay devolución; la garantía es la corrección. Y añade que el cliente «en ningún momento solicitó el encargo del proyecto con un porcentaje de similitud inferior o específico», lo que traslada al consumidor la carga de pedir un trabajo sin plagio.

La empresa también sostuvo que, para los comercios en línea de la Comunidad Valenciana, no hay obligación de tener hojas de reclamaciones. Es un argumento sobre la filial española y no se extiende a Colombia.

9. El contrapeso

La mayoría de quien reseña en Google lo hace bien: una media de 4,2 sobre 183 reseñas no se sostiene sin un volumen grande de clientes satisfechos. Las reseñas visibles elogian la atención de un asesor concreto —Mauricio— y describen acompañamiento puntual y organizado.

Los agregadores confirman el patrón: en opinionestfmtfg, las reseñas de 2022 y 2023 son todas positivas, y varias destacan la corrección de estilo y la adaptación a normas APA. La empresa tiene un historial real de servicio que funciona para una parte de sus clientes.

Lo que el corpus no permite saber es qué proporción representa esa parte. La distribución por estrellas de Google no es visible, no hay perfil en Trustpilot y el 4,9 de la web no es verificable. La afirmación «la mayoría está satisfecha» es razonable; «el 98 %», no.

10. Marco normativo y vías de reclamo

Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). Es la norma aplicable y la que el contrato no menciona. El artículo 23 obliga a que la información pública sea «veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea». El artículo 43 tiene por no pactadas las cláusulas abusivas, entendidas como las que producen un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor. El artículo 47 reconoce el derecho de retracto en las ventas a distancia dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Sobre el retracto hay un matiz que conviene decir: el artículo 48 excluye algunos casos, entre ellos los bienes confeccionados conforme a especificaciones del consumidor. La empresa puede invocar esa excepción. Lo que no puede es escribir «en ningún caso», porque la excepción legal es más estrecha que la cláusula.

Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013. Régimen de datos personales. Exige autorización previa e informada y registro de las bases de datos ante la SIC. La política de privacidad del sitio no menciona el Registro Nacional de Bases de Datos y pide «copia del anverso del Documento Nacional de Identidad», que es el documento español, no la cédula colombiana.

Ley 527 de 1999. Es la norma colombiana de comercio electrónico. Regula mensajes de datos y firma digital; no regula la información al consumidor. El aviso legal la invoca con el título de otra ley.

Autoridad. La Superintendencia de Industria y Comercio ejerce la protección del consumidor y la vigilancia de datos personales. Las reclamaciones se presentan por su portal (sic.gov.co), y la empresa está obligada a atenderlas. Para datos personales existe además la queja por tratamiento indebido.

Vía práctica. Un cliente afectado puede: (1) reclamar por escrito a col@tesisymasters.com, dejando constancia de la fecha; (2) presentar la reclamación ante la SIC con el contrato, el comprobante de pago y la conversación; (3) si el cobro se hizo con tarjeta, abrir un contracargo ante el emisor. El contrato intenta cerrar la primera vía y no menciona las otras dos. Para el procedimiento completo de reclamación y las vías de recuperación del dinero, véase Estrategias de recuperación por servicios fallidos.

11. Comparativa

País Entidad Documento Domicilio publicado Cláusula 1.500 No devolución
Colombia CONSULTORIA INTEGRAL COL S.A.S. 17/11/2022 No Sí, idéntica (USD) Sí, idéntica
México CONSULTORÍA CORPORATIVA INTEGRAL TIC. 17/11/2022 No Sí, idéntica (USD) Sí, idéntica
Argentina ABAZCU SAS 17/12/2021 No Sí, idéntica (USD) Sí, idéntica
Chile ACADEMICAST SpA 22/11/2022 Sí (Providencia 1208, Santiago) Sí, idéntica (USD) Sí, idéntica
España USHUAIA CONTENIDOS, S.L. 22/06/2026 Sí (Elche, Alicante) No No

La tabla dice algo que el resto del expediente confirma: la misma empresa sabe redactar un contrato legal cuando el regulador aprieta. El documento español, de junio de 2026, identifica al titular con CIF, domicilio, teléfono, datos registrales, cita el RGPD y la LSSI con precisión, reconoce catorce días de desistimiento y remite a la AEPD. No contiene la cláusula de 1.500 ni la de no devolución.

Los cuatro documentos latinoamericanos son el mismo texto con el nombre cambiado. El español es otro texto, escrito para cumplir.

12. Cierre

Se sostiene que el contrato colombiano es una plantilla española sin adaptar. Las pruebas son internas al documento: cinco leyes españolas citadas como propias, una ley colombiana con fecha y título españoles, la palabra «Personales» pegada al nombre de la SIC y un sitio llamado «nuevo» en el cuerpo del contrato. La versión de 2021 lo confirma sin ambigüedad: estaba fechada en 2018, hablaba de ventas en España, en euros, con pasarela española y a nombre de una sociedad argentina.

Se sostiene que la cláusula de 1.500 y la de no devolución son idénticas en cuatro países, y que la empresa admite por escrito un margen de similitud de hasta el 25 %, mientras su entrevista promocional habla de mantenerlo por debajo del 20 %.

Se sostiene que la sociedad colombiana es de 2021, que su representante legal firma con pasaporte y que el dominio que opera es anterior a la sociedad.

No se sostiene que la empresa incumpla siempre. Google da 4,2 sobre 183 reseñas, y el corpus positivo es real. Tampoco se sostiene que las quejas de Trustpilot o tuQuejaSuma sean de clientes colombianos: no lo son, o no consta.

Falta la prueba que cambiaría el diagnóstico: el expediente de la SIC, el certificado de la Cámara de Comercio con socios y capital, y el RUT. Las tres exigen acceso presencial o de pago. Sin ellas, el expediente describe un contrato mal adaptado y una estructura societaria opaca, no una conducta sancionada.

13. Fuentes

Empresa (consultadas el 01/11/2026).

Filiales (consultadas el 01/11/2026).

Registros.

Reputación.

Prensa y contexto.

Normativa.

14. Anexo: método de conteo

Plataforma N Ventana Distribución Fecha
Google Business Profile 183 no visible 4,2 media; 5/4/3/2/1 no visibles 01/11/2026
opinionestfmtfg.es 17 2022-2025 8 positivas / 9 negativas 01/11/2026
tuQuejaSuma ≥25 no visible 24 «solucionados», 52 % 01/11/2026
Shopping Satisfaction 8 no visible 2,3 media declarada (incompatible con 100 % de 1★) 01/11/2026
Trustpilot (.es) — — perfil eliminado 01/11/2026
Trustpilot (.com.co) 0 — sin perfil 01/11/2026

Cálculos propios. opinionestfmtfg: 5/5 positivas en 2022-2023 y 3/12 en 2024-2025. tuQuejaSuma: 24/0,52 ≈ 46 reclamos implícitos en el porcentaje declarado, no verificables. Google: si los filtros de palabra clave fueran exactos, 10/183 = 5,5 % de reseñas con «estafa».

Regla de atribución. Cada hallazgo se asigna a la filial que lo origina. Las quejas en euros o en pesos argentinos no se imputan a la sociedad colombiana.